lunes, 26 de enero de 2009

1. EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL.

DICTAMEN FISCAL 15 F.S.P.L.

EXP. N° 50-98 Dict. N° 120.


SEÑOR PRESIDENTE:

Apreciándose de autos, que por recurso de fs. 206, el Abogado Defensor del procesado CARLOS VENTURA RISCO, solicitó la Extinción de la Acción Penal, de acuerdo a lo establecido en el arto 78, acápite 1 del Código Penal, al haber fallecido el mencionado procesado con fecha 27 de febrero de 1996, adjuntando la partida de Defunción de fs. 230. Que ante lo solicitado y para mejor resolver, esta Fiscalía Superior mediante Dictamen de fs. 230, solicitó se adjunte la Libreta Electoral y la Partida de Nacimiento del procesado, pues existían dudas acerca de su identidad; no habiendo sido posible la obtención de éste último; no obstante es de advertirse que confrontados los datos que aparecen en la Partida de Defunción de fs. 230, con su declaración instructiva obrante a fs. 45, así como la copia certificada de la Libreta Electoral de fs. 149-150, son coincidentes, por lo que es de colegirse que se trata de la misma persona; Que siendo así y habiéndose acreditado el fallecimiento del procesado con la Partida de Defunción de fs. 230; esta Fiscalía Superior, CONCEPTÚA que procede la Extinción de la Acción Penal, de conformidad con lo establecido por el arto 78, inc. 1° del Código Penal; debiendo archivarse definitivamente la causa.


Lima, de de ............


Firma y sello del Fiscal.

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